Déficit acueducto

Fuente: DANE, GEIH 2010, 2012 y 2014 - Cálculos: SPSCV/DDS / DNP

Nota: Las estimaciones cuyo coeficiente de variación es 30% o mayor se excluyen.

Definición:

Déficit de acueducto = sin acueducto en la vivienda (urbano); que sin tener acueducto el hogar obtenga el agua para consumo humano de rio, quebrada, nacimiento, carrotanque, aguatero, o agua lluvia (rural).
 
Atlántica = Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena, Sucre.
Oriental = Boyacá, Cundinamarca, Meta, Norte de Santander, Santander.
Central = Caldas, Caquetá, Huila, Quindío, Risaralda, Tolima.
Pacífica (sin Valle) = Cauca, Chocó, Nariño.
Bogotá = Bogotá D.C.
Antioquia = Antioquia.
Valle del Cauca = Valle del Cauca.
San Andrés = San Andrés.
Orinoquia – Amazonía = Arauca, Casanare, Vichada, Guainía, Guaviare, Vaupés, Amazonas y Putumayo.


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