Definición:
Protección Contributiva exclusiva: Hogares donde algún miembro cotiza al sistema de pensiones (como proxy de seguridad social) y no reciben subsidios/transferencias del Estado
Protección no- contributiva exclusiva: Hogares donde nadie cotiza al sistema de pensiones, pero algún miembro recibe subsidios/transferencias del Estado
Protección Mixta: Hogares donde algún miembro cotiza a pensiones(incluye BEPS) y además reciben subsidios/transferencias del Estado
Pensión: Hogares donde nadie cotiza a pensiones ni reciben subsidios/ transferencias del Estado, pero algún miembro recibe una pensión contributiva.
Sin protección: Hogares sin protección ni pensión contributiva.
Subsidios/transferencias = ayudas o subsidios en dinero o en especie de entidades del gobierno nacional, deptal, municipal (Familias en acción; Colombia mayor; otro)
Urbano = Cabecera
Rural= Resto
Nota: El universo de estudio de la ECV excluye las áreas rurales de las regiones Orinoquia-Amazonia y San Andrés y Providencia. Aunque la región Bogotá incluye solo la zona urbana, Sumapaz está incluido en la zona rural de la región Oriental.